LA INQUISICIÓN EN ALMANSA (2): EL CASO DEL MAESTRO DE CANTERÍA Y FAMILIAR DEL SANTO OFICIO MALTRATADOR Y FEMINICIDA

 


Por Miguel Juan Pereda Hernández

 

De las actuaciones de la Inquisición en la Almansa del siglo XVI, abordaremos hoy el caso protagonizado por Juanes de Segura, un maestro de cantería (arquitecto diríamos hoy) avecindado en la villa que, pese a ser familiar del Santo Oficio, tuvo un comportamiento absolutamente sádico con sus esposas.

Desde el punto de vista profesional, Segura intervino (con escaso acierto) en algunas de las obras locales más importantes de su tiempo, como fueron las de:

  • Consolidación del edificio de la iglesia mayor de Santa María, con el fin de reforzar sus muros de carga, en los que habían aparecido inquietantes grietas (1558-1572).
  • Encañada de la Canal, o soterramiento del cauce de conducción de aguas potables desde la balsa del Concejo hasta la fuente pública (1565-1566).
  • Construcción de un dique de contención y excavación de un lecho artificial para desviar el curso de la Rambla y evitar las riadas en el casco urbano almanseño (1566).

1.   OBRAS DE CONSOLIDACIÓN DE LA IGLESIA MAYOR DE SANTA MARÍA (1558-1572)

Conseguida la licencia episcopal para su construcción en abril de 1524 y abierta al culto en abril de 1545, la iglesia parroquial almanseña hizo sentimiento y comenzaron a surgir inquietantes grietas en los muros de su edificio.

Entre 1558 y 1572 Joanes de Segura levantó contrafuertes para consolidar los muros laterales de la iglesia, en los que habían aprecido grietas.



El 15 de junio de 1558, el concejo llegó a un acuerdo con el maestro de cantería Juanes de Segura, para que levantase más contrafuertes a espaldas de las capillas laterales. El coste de las obras correría por cuenta de Segura, al que posteriormente se le abonaría el importe estimado según la tasación de otros maestros; por su parte, el Ayuntamiento mantenía su compromiso de sufragar los gastos de transporte de materiales hasta pie de obra.

Entre 1558 y 1572 Joanes de Segura levantó contrafuertes para consolidar los muros laterales de la iglesia, en los que habían aprecido grietas.

La consolidación del edificio parroquial también requería de actuaciones en su interior; unas obras que en octubre de 1562 Juanes de Segura se comprometió a realizar en el plazo de 14 años, a cambio de la renta de fábrica de la iglesia, más 150 ducados que le proporcionaría el concejo. Los trabajos deberían, pues, culminar en 1576; no obstante, en 1572 surgieron problemas entre las partes, el maestro paralizó la obra y el concejo llegó a pedir prisión en su contra.

2.   NOMBRAMIENTO DE FAMILIAR DEL SANTO OFICIO (1562)

En 1562 Juanes de Segura fue nombrado familiar del Santo Oficio de la Inquisición, cargo para cuyo desempeño se requería limpieza de sangre (carecer de antepasados musulmanes o judíos), no desempeñar oficios considerados viles (mesonero, bodegonero, carnicero, zapatero, pastelero, cordonero, cocinero, sastre, herrero, verdugo, comediante...), ser hijo legítimo, tener un mínimo de 25 años, así como llevar una vida honrada, honesta y ejemplar.

El cometido de los familiares del Santo Oficio era informar de cuanto considerasen de interés para la Inquisición. Formaban parte de una tupida red de espionaje y estaban protegidos de procesos en su contra. También tenían licencia para llevar armas. El nombramiento como tal le fue otorgado a Juanes de Segura el 31 de mayo de 1562 y decía así:

“Nos, los inquisidores contra la herética pravedad y apostasía en el obispado de Cartagena, e arcedianato de Alcaraz, e abadía de Orán y su partido & c.

Confiando de vos, el honrado Joanes de Sigura, cantero vecino de la villa de Almansa, que sois tal persona que bien e fielmente y con todo secreto y diligencia haréis las cosas que por nos vos fueren encomendadas y mandadas, tocantes al Santo Oficio de la Inquisición, e considerando las calidades de vuestra persona, e que sois hombre quieto y pacífico, por el tenor de la presente vos creamos e diputamos familiar de este Santo Oficio de la Inquisición.

Y es nuestra voluntad y queremos que gocéis de todos los privilegios que Su Majestad Real y sus antecesores al dicho Santo Oficio e a los familiares de él concedidos.

Y vos eximimos y exentamos y declaramos exentos de la jurisdicción de todas y cualesquier Justicias eclesiásticas y seglares en todas las causas criminales a vuestra persona tocantes; y vos declaramos sujeto a nuestra Jurisdicción en todas las dichas causas criminales, las cuales advocamos a nos.

E vos damos licencia y facultad para que podáis traer armas ofensivas y defensivas, de día y de noche, en todo tiempo y lugar, por todas las ciudades, villas y lugares de nuestro distrito.

Y exhortamos y encargamos y, si necesario es mandamos, en virtud de esta obediencia, e so pena de excomunión mayor late sentencie e de doscientos ducados de oro para los gastos extraordinarios de este Santo Oficio, en los cuales desde ahora para entonces vos habemos por condenados lo contrario haciendo, a los magistrados, corregidores, gobernadores, e a sus alcaldes, e alguaciles mayores y menores, y a todos los jueces y justicias e alguaciles eclesiásticos e seglares del dicho nuestro distrito, así a los que ahora son como a los que serán de aquí adelante, que vos hayan e tengan por familiar de este Santo Oficio, e vos guarden los privilegios y exenciones, y no se entrometan a conocer ni conozcan a juzgar ni juzguen de las causas criminales a vuestra persona tocantes en manera alguna; y os dejen y consientan traer las dichas armas sin poner en ello impedimento alguno, con tanto que no hayáis resumido (…), e con que os hayáis de presentar e presentéis en el concejo e ayuntamiento con esta nuestra carta, dentro de veinte días después de la data de ella, conforme a lo proveído e mandado por su majestad.

E si así no lo hubiéredes y cumpliéredes, por el mismo caso no serás habido ni tenido por tal familiar, ni se os darán los privilegios y exenciones susodichos.

En testimonio de lo cual, mandamos dar y damos la presente firmadas de nuestros nombres, e sellada con el sello de este Santo Oficio, y refrendada de uno de los secretarios.

Dada en la ciudad de Murcia, en Los Alcázares de este Santo Oficio, a treinta e un días del mes de mayo de mil y quinientos y sesenta y dos años.

El licenciado don Gerónimo (…). El licenciado don Francisco Ayanz. Por mandado de los señores inquisidores, Joan de Salcedo”.

Título de familiar del Santo Oficio de la Inquisición otorgado a Juanes de Segura el 31 de mayo de 1562.

3.   OBRAS DE LA ENCAÑADA DE LA CANAL (1565-1566)

En 1565 Juanes de Segura dirigía la obra de la encañada de la Canal (conducción soterrada de las aguas de Zucaña desde la balsa del Concejo hasta el pilar o fuente pública de la villa), para la que el concejo acordó librarle 1.000 reales.

Balsa del Concejo en 1915. Fotografía de Luis Soriano Vidal.

En el verano de 1566 era el maestro Martín de Avellaneda el que estaba a cargo de los trabajos, hasta que Juan de Vidaña, un maestro requerido por el concejo para dar su opinión sobre las obras que se hacían en la villa, manifestó que la encañada de la Canal no se hacía de manera correcta, pues consideraba necesario quitar los arcaduces o tubos de barro ya asentados, para poner arcas de piedra labrada cubiertas con losas y cal (un cajero de piedra labrada cubierto con losas y sellado con cal).

En consecuencia, en julio de 1566 el concejo y Juanes de Segura suscribieron un nuevo contrato; el maestro se haría cargo de los trabajos sugeridos por Vidaña, para cuya ejecución se le haría entrega de los materiales ya preparados y se le abonarían 400 ducados (4.400 reales) en tres plazos; con compromiso de que la obra debería estar acabada antes del día de Todos los Santos (1 de noviembre de 1566).

Sin embargo, en 1574 (ocho años después), todavía no discurría agua alguna por la conducción construida por Segura, sino que lo hacía por el antiguo cauce descubierto, donde de manera irresponsable y en contra de las ordenanzas municipales los vecinos solían lavar y echar todo tipo de inmundicias, por lo que el agua continuaba llegando sucia a la fuente pública; circunstancia que provocaba muchas enfermedades. Ante tal estado de cosas, el Ayuntamiento acordó ver la manera de que el maestro devolviese los 400 ducados que se le habían abonado, o de proceder contra él judicialmente en caso contrario.

4.   OBRAS DE DESVÍO DE LA RAMBLA (1566)

En 1566 Juanes de Segura también dirigió los trabajos de desvío de la Rambla de las Hoyuelas (Fuentecicas), que consistieron en la construcción de un dique de contención y la excavación de un nuevo cauce (Rambla Nueva) para conducir las aguas de escorrentía hacia el Hondo.

Unas obras que servirían de muy poco, pues apenas cuatro años después, el 25 de mayo de 1570 (festividad del Corpus Christi), como consecuencia de las intensas lluvias, las aguas rompieron el muro de contención (parada de la Rambla) y entraron violentamente en el casco urbano con el resultado de 40 casas hundidas y pérdidas económicas por valor de 50.000 ducados.

Reparado el muro de manera provisional, volvería a romperse el 21 de agosto de 1580, dando lugar a la consiguiente riada que provocó numerosas víctimas, el hundimiento de más de 200 casas y pérdidas materiales por valor de 40.000 ducados. Ello obligaría a que, entre 1580 y 1583, el concejo de Almansa ejecutase nuevas y más contundentes obras para el desvío de la Rambla (en las que obviamente ya no intervino Segura). Dichos trabajos supusieron una inversión de casi 60.000 reales y de ellos ya dimos cumplido detalle en nuestra publicación de 1984.

Dibujo esquemático de Almansa en 1786; a la izquierda, con forma de muro almenado, la "parada" de la Rambla.

Estado actual del muro de contención de la Rambla.

5.   LITIGIOS (1572-1575)

Poco a poco las relaciones entre Segura y el concejo se fueron deteriorando. En junio de 1572, se acordó revisar el convenio de la obra de la iglesia suscrito diez años antes y se mandó pregonar que todos cuantos tuviesen documentos relativos a la misma los llevasen al Ayuntamiento.

En julio de 1574, bajo el argumento de que Juanes de Segura tenía parada la obra desde hacía mucho tiempo, los regidores pidieron a los alcaldes que le apremiasen a proseguir los trabajos y, caso contrario, emprendiesen acciones legales contra él; a lo que éstos respondieron con un decreto de prisión contra el maestro.

El 28 de noviembre de 1575, los regidores solicitaron a los alcaldes que, conforme a los capítulos de los contratos de las obras de la iglesia y de la encañada de la Canal, exigiesen a Juanes de Segura y sus avalistas el cumplimiento de sus compromisos.

6.   MALTRATADOR Y FEMINICIDA (1575-1580)

Independientemente de la valía profesional de Juanes de Segura (bastante cuestionada como acabamos de ver), la ejemplaridad y la honradez de vida que se le presumían en su título de familiar del Santo Oficio brillaban por su ausencia.

En 1575 se actuó contra él por haber dado cinco cuchilladas en la cara a su esposa; pero además, a lo largo de la investigación se supo que años antes, una noche de invierno había arrojado a su primera mujer desnuda a una balsa, a la que, habiendo sobrevivido, hizo tomar unos bebedizos que acabaron con su vida.

Juanes de Segura fue desposeído de su nombramiento de familiar del Santo Oficio; aunque en 1580 aún tuvo la osadía de volver a solicitarlo, siéndole denegado por la Inquisición murciana tras arduo debate:

“…En 1575, la justicia procede contra Juan de Segura, familiar de Almansa, por haber dado cinco cuchilladas en la cara a su esposa. Y que esto no fue un arrebato, sino parte inherente a un carácter sádico, se comprueba porque ya era reincidente, puesto que con su primera esposa, años antes, actuó de forma similar, arrojándole desnuda una noche de invierno a una balsa y dándole después ciertos bebedizos que dieron con la infortunada mujer en la tumba. En la fecha antes mencionada se le retiró su nombramiento, pero en 1580 solicita ser readmitido y mucho tuvo que estudiar ese caso la Inquisición murciana hasta que decidió negárselo…” (Blázquez; ob. cit. p. 35).


7.   FUENTES:

Archivo Histórico Municipal de Almansa.

BLÁZQUEZ MIGUEL, J. (1985). La Inquisición en Albacete. Albacete: I.E.A.

PEREDA HERNÁNDEZ, M. J. (1984): “Reedificación de la presa del Pantano de Almansa (una década de obras hidráulicas durante el reinado de Felipe II)”. Congreso de Historia de Albacete. Vol. 3 (Edad Moderna). Albacete. I.E.A., pp. 301-328.

PEREDA HERNÁNDEZ, M. J. (1986): La construcción de la presa del Pantano de Almansa y el desvío de la Rambla de las Hoyuelas. Almansa. Asociación Cultural Torre Grande.

PEREDA HERNÁNDEZ, M. J. (2006): “La iglesia de Santa María de la Asunción: Quinientos años de historia”. Jornadas de Estudios Locales, núm. 6”. Almansa. Excmo. Ayuntamiento de Almansa & A. C. Torre Grande, pp. 123-271.

PEREDA HERNÁNDEZ, M. J. (2013). Almansa desde los Reyes Católicos hasta la Transición. Excmo. Ayuntamiento de Almansa & A. C. Torre Grande.

LA INQUISICIÓN EN ALMANSA (1)

 


Por Miguel Juan Pereda Hernández

Gracias a la obra de Juan Blázquez Miguel La Inquisición en Albacete tenemos noticia de moradores y vecinos de Almansa que fueron procesados por el Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición. También el Portal de Archivos Españoles (PARES) aporta datos interesantes al respecto. Con todo ello, hemos elaborado este trabajo que iremos ampliando en sucesivas entregas.


 1.    CONDENAS EN EL SIGLO XVI

En 1562, Juan de Nudos fue multado con 6.000 maravedíes por blasfemia.

En 1570, Bartolomé Martínez fue condenado a dos años de destierro por decir que fornicar no es pecado.

En 1571, Marco Ramírez fue condenado a azotes y tres años de galeras (remar en las embarcaciones de guerra del rey) por blasfemia.

En 1572, Antón Serrano fue multado con 10 ducados por hablar en contra de los frailes.

En 1575, se procedió contra el maestro de cantería (arquitecto) Juan de Segura (responsable de las obras de consolidación de la iglesia de Santa María de la Asunción), por maltratador y feminicida. Dado que era familiar del Santo Oficio, el tribunal se limitó a despojarle del cargo.

En 1580, Bárbara de Porras (viuda de Alonso Gómez) fue reprendida por estar amancebada (hacer vida marital sin estar casada).

En 1587, Martín Pérez fue procesado por decir palabras inconvenientes, aunque finalmente la causa fue suspensa.

2.    PROCESOS CONTRA MORISCOS Y JUDAIZANTES

También existen datos sobre actuaciones de la Inquisición contra vecinos o moradores acusados de practicar secretamente ritos islámicos y judíos.

2.1. Moriscos

En 1613 fueron procesados varios moriscos (musulmanes cristianizados de manera forzosa) residentes en Almansa en calidad de esclavos de miembros de la élite local. En su mayoría, reconocieron haber practicado ritos islámicos secretamente, siendo todos ellos absueltos ad cautelam (con reservas). Concretamente se actuó contra:

María de Cortis, valenciana de 26 años y esclava de Juan González, familiar del Santo Oficio.

Luisa Sava, de 14 años y esclava del regidor Luis Sánchez.

Ángela Sastor, de 35 años y esclava del regidor Luis Sánchez.

Luis Pérez, de 23 años y esclavo del regidor Luis Sánchez.

Miguel Juan, de 14 años y esclavo del regidor Luis Sánchez.

María Gordi, valenciana de 22 años y esclava del clérigo Esteban Díaz.

Luis Alejandro, de 14 años y esclavo de Martín Rodríguez.


En 1657 se procesó al morisco Luis Borrico Gato, por afirmar que Dios no había hecho bien las cosas, porque había permitido que unos fuesen cristianos, otros moros y otros judíos, cuando todos deberían ser uno (practicantes de una misma y única religión); por ello fue condenado a reclusión y 200 azotes.

2.2. Judaizantes

También algunos vecinos de Almansa fueron acusados y condenados por prácticas de judaísmo. Así vemos como, en 1618 fue detenido en Villena Simón Rodríguez, que denunció a Juan Rodríguez (vecino de Almansa) y a Gabriel Rodríguez (vecino de Montealegre); todos ellos de origen portugués.


Simón Rodríguez (comerciante avecindado de Almansa) era propietario de una tienda situada junto a la iglesia mayor de Santa María de la Asunción. Sometido a tormento, se declaró criptojudío y fue condenado a tres años de galeras. Tras alegar (mediante certificación médica) que no podía remar por haber quedado manco como consecuencia de las torturas recibidas, le fue conmutada la pena por multa de 100 ducados, que no pudo pagar por haber quedado en la miseria él y su familia. Finalmente, Simón Rodríguez y su esposa Leonor Hernández fueron condenados a ayunos y penitencias. Su pariente Gabriel Rodríguez tuvo más suerte, pues logró huir desde Montealegre antes de ser detenido; pese a ello se siguió proceso contra él, siendo condenado y relajado en estatua.

En 1620 fueron procesados Manuel Fernández Menda y su esposa Mencía Hernández, portugueses avecindados en Almansa relacionados con grupos judaizantes locales, así como de Villena y Yecla; ambos fueron condenados a confiscación de bienes y cárcel perpetua.

3.    OTROS PROCESOS EN LOS SIGLOS XVII, XVIII Y XIX

Tanto Blázquez como el Portal de Archivos Españoles aportan noticias sobre otros procesos a clérigos y seglares moradores o vecinos de Almansa.

3.1. Clérigos

A finales del siglo XVIII, el jesuita almanseño Marcos José Enríquez de Navarra (aprobador y censor de libros en el obispado de Cartagena-Murcia, así como maestro de Sagrada Teología y rector del Colegio de San Esteban de la Compañía de Jesús en Murcia) tuvo problemas con la Inquisición, al haberse hallado en su poder un libro incluido en el Índice de Libros Prohibidos y titulado Regimiento de Príncipes; obra que trataba sobre los límites que deberían imponerse a la Inquisición para reformar abusos tales como el de no informar a los reos de los nombres de los testigos que declaraban en su contra. Según Blázquez, dicho clérigo “…murió probablemente en el destierro…”.


La Inquisición no se andaba con miramientos respecto a los delitos de carácter sexual cometidos por frailes o clérigos, y particularmente con el de solicitación (requerir sexualmente a una feligresa aprovechando la confesión); en este sentido, las fuentes citadas dan noticia de las siguientes actuaciones:

En 1616, contra fray Gregorio López (franciscano de 39 años), que fue procesado por abrazar, besar, desnudar y azotar a sus feligresas hasta hacerles sangrar.

En 1665, contra fray Alonso de Tárraga (franciscano).

En 1687, contra fray Matías López  (franciscano), que fue condenado a abjuración de levi, privación perpetua de confesar y siete años de destierro.

En 1668, contra fray Pascual Hernández (franciscano).

En 1707-1708, contra fray José de Albaida (capuchino).

En 1707-1708, contra fray Pedro Morales (franciscano y guardián del convento de Santiago de Almansa).

En 1707-1708, contra fray Pedro Onteniente (capuchino).

En 1707-1708, contra fray Agustín de Caudete (capuchino).

En 1740, contra Francisco Pardo Montejo (natural de Alborea, presbítero, confesor y maestro de Gramática en Almansa, de 36 años de edad) y Ana de Jesús María (beata carmelita natural y vecina de Murcia), por haber mantenido tres años antes en Murcia una tórrida relación de la que daremos cumplida cuenta en su momento.


En 1744 se juzgó y condenó por solicitante a fray Jaime Galiana, predicador y confesor franciscano del convento almanseño, de 75 años de edad y natural de Callosa de Ensarriá. El proceso estuvo basado en las acusaciones de cuatro mujeres, que en sus declaraciones dieron pelos y señales de los acosos a los que se habían visto sometidas por el fraile (en una nueva entrega ofreceremos los testimonios de las jóvenes almanseñas).

3.2. Otras actuaciones

En 1638, se siguió proceso contra Juan Merino, por bigamia.

En 1663, Juan Francisco de la Palma (de profesión dorador) fue condenado a 200 azotes y cinco años en galeras por bigamia.

En 1679, el obispo de Cartagena Francisco de Rojas Borja no se atrevió a proceder contra el familiar del Santo Oficio de Almansa Juan Enríquez; hombre “…inquieto, sediçioso, caviloso y mui arrojado y sobre todo mui enemigo de el estado eclesiástico…”, acusado de haber abierto “…con desordenado y descompuesto arroxo…” los graneros donde se guardaba el diezmo (décima parte de la cosecha que se entregaba a la Iglesia), con objeto de requisar todo el trigo y destinarlo al pago de los gastos de extinción de la plaga de langosta que había sufrido la villa el año anterior. Dada la condición de familiar del Santo Oficio del acusado, la causa fue dejada en suspenso.

En 1734, Pascual Bonete fue condenado a 200 azotes y ocho años de destierro por superstición y proposición deshonesta.

En 1760, se siguió proceso contra Luis Gascón, un almanseño constructor de carros y arados de 21 años, por manifestar que tenía una bola mágica a la que daba de beber sangre todos los viernes, la cual le permitía adivinar cosas ocultas y llevarse a cuantas mujeres quisiere para yacer con ellas sin que nadie las echase de menos (trataremos este caso de forma más amplia en una nueva entrega).

En 1763, se actuó contra fray Luis Bremond (franciscano) por solicitación.

En 1804, fray José Molino (franciscano) fue procesado por proposiciones deshonestas.

3.3. Robo de sagradas formas

En abril de 1805 se investigó el robo de formas consagradas cometido el Viernes Santo en la parroquia de Santa María de la Asunción. Tras diversos interrogatorios, el fiscal concluyó que había sido “…hecho por dos muchachos movidos más bien por el hambre que por desprecio e irreverencia al Señor Sacramentado…”.

4.    EPÍLOGO

En este caso habrá de ser el lector el encargado de extraer sus propias conclusiones. Por nuestra parte, nos hemos limitado a exponer los hechos. En futuras entregas iremos dando detalle de los procesos más insólitos y sorprendentes. Les aseguro que no hay nada más real que la vida misma.

5.    FUENTES

BLÁZQUEZ MIGUEL, J. (1985). La Inquisición en Albacete. Albacete: I.E.A.

http://iealbacetenses.dipualba.es/viewer.vm?id=0000040283&page=2&search=

Portal de Archivos Españoles: https://pares.culturaydeporte.gob.es/inicio.html